Mineras deben actualizar Matrícula de Comercio hasta el 28 de febrero

Publicado el 22 feb 21 - 04:00 AM UTC.
Mineras deben actualizar Matrícula de Comercio hasta el 28 de febrero
Foto: Mineras Deben Actualizar Matricula

El trámite se puede realizar 100% en línea, incluyendo el pago del arancel, desde la oficina, la casa, el trabajo o desde el celular. El fin es cuidar a los usuarios y empresarios sobre cualquier tipo de contagio.

Las empresas unipersonales y sociedades comerciales con cierre de ejercicio fiscal al 30 de septiembre del 2020, deben actualizar su Matrícula de Comercio en Fundempresa hasta el 28 de febrero de 2021, según la entidad de registro de empresas.


Al mismo tiempo informa que el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, aprobó el cronograma de actualización de Matrícula de Comercio del año 2021, Fechas que las empresas deberán cumplir con la obligación según cronograma:


Mineras deben actualizar Matrícula de Comercio hasta el 28 de febrero


Una importante decisión de las entidades gubernamentales y Fundempresa es que, todos los empresarios pueden realizar el trámite 100% en línea, incluyendo el pago del arancel, desde la comodidad de lugar de trabajo, ya sea oficina, casa, o desde su celular, facilitando el cumplimiento de la obligación y cuidando la salud de los usuarios evitando traslados innecesarios.


El primer paso para realizar el trámite de Actualización de la Matrícula de Comercio,es con el ingreso al portal web: www.miempresa.gob.bo, llenar el Formulario Virtual y la Encuesta Anual de Unidades Económicas y cargar copias escaneadas de su Balance General y Estados de Resultados con la constancia de presentación ante el Servicio de Impuestos Nacionales.


Fundempresa recuerda que contar con la Matricula de Comercio actualizada es una obligación y responsabilidad de las empresas que acredita su existencia legal; asimismo, al inscribir los documentos, contratos y actos en el Registro de Comercio de Bolivia, se promueve la transparencia y legitimidad de las empresas unipersonales y sociedades comerciales del país.


La Autoridad de Fiscalización de empresas (AEMP), de acuerdo con el Reglamento de Sanciones e Infracciones, establece que aquellas empresas que no cumplan con el trámite hasta finales de mes, deberán pagar una multa pecuniaria expresada en Unidades de Fomento de Vivienda (UFV).


Nota editorial: Por Grupo Nueva Economía · Última actualización 22/02/2021