Fase post confinamiento

Publicado el 31 ago 20 - 04:00 AM UTC.
Fase post confinamiento
Foto: Fase Post Confinamiento

El gobierno promulgó un Decreto Supremo que dispone a partir del 1 de septiembre el inicio de la fase de post confinamiento durante la cual se flexibilizan las medidas de prevención sobre el coronavirus. Este período se extenderá hasta el 30 de septiembre.

Se establece que la jornada laboral para los sectores público y privado será en horario continuo.


De lunes a viernes, se extiende el horario de circulación de personas y vehículos de 5 de la mañana a 8 de la noche.


Los sábados y domingos se permite la circulación de personas y vehículos, así como el desarrollo de actividades comerciales y de servicios hasta las 4 de la tarde. Permanecen suspendidos los eventos públicos, actividades culturales, deportivas, políticas y todo tipo de reunión que genere aglomeración de personas.


Se mantiene el cierre de fronteras terrestres, fluviales y lacustres. Sin embargo, se autoriza a que los ciudadanos bolivianos y residentes que retornen al país puedan ingresar presentando la certificación de la prueba de análisis PCR con resultado negativo y con vigencia no mayor a 7 días a la fecha programa de ingreso, visada por el consulado boliviano respectivo.


Continúan suspendidas las clases presenciales en centros educativos. Las autoridades regionales podrán restringir las medidas anotadas en función del Indice de Riesgo que alcance cada municipio.


Es responsabilidad de los municipios coordinar los servicios de transporte de pasajeros intermunicipal, interprovincial e interdepartamental, mientras que para el transporte aéreo nacional se requiere la intervención del Ministerio de Obras Públicas y de la cancillería para vuelos internacionales.


Como medidas de bioseguridad permanentes se recomienda el distanciamiento físico, el uso de barbijo, la desinfección con alcohol y el lavado permanente de manos. Están permitidas las actividades de los sectores industrial, manufactura, agropecuario, maderero, forestal y minero. Cada cual podrá ajustar turnos y horarios en función de sus actividades propias.


Las entidades territoriales autónomas tienen facultades para autorizar el ejercicio de las actividades económicas de comercio y servicio, estableciendo protocolos de bioseguridad para la prevención y contención del coronavirus.


Nota editorial: Por Grupo Nueva Economía · Última actualización 31/08/2020